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Congreso: Presentan proyecto que precisa causales para declarar la vacancia presidencial

  • Foto del escritor: Andrea Nicole
    Andrea Nicole
  • 28 nov 2021
  • 2 Min. de lectura

Con el proyecto, se propone modificar el artículo 113 de la Constitución agregando causales como la ludopatía, uso o consumo habitual de drogas, alcohol u otras sustancias, etc.


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Congreso de la República. Gestión


Enrique Wong, congresista de Podemos Perú, presentó la iniciativa legislativa 841/2021-CR, que señala las causales necesarias para declarar la vacancia del presidente de la República; indicando que se entenderá como incapacidad moral permanente lo siguiente:


  • Ejercer violencia física o psicológica contra terceros.

  • Atentar contra la vida de su cónyuge, hijos o familiares directos hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

  • Uso o consumo habitual de drogas, alcohol u otras sustancias que generen toxicomanía (excepto en caso de tratamiento por enfermedades).

  • Incurrir en Ludopatía.

  • Aquellos hechos cometidos por el presidente de la República de la mayor gravedad que atentan contra los valores éticos comúnmente compartidos en nuestra sociedad, ocasionando un notorio desequilibrio social y que hacen insostenible la permanencia en tan importante cargo público, así como, cualquier hecho que sin ser delito lo desmerezca en el ejercicio del cargo público comprometiendo la dignidad del cargo.


En dicha propuesta, se indica también que no procedería la vacancia si el ejercicio de esta causal se realiza en el último año del ejercicio de la Presidencia de la República. Asimismo, se plantea incorporar el artículo 113-A a la norma sobre la declaratoria de incapacidad moral permanente.


En dicho artículo se indica que una vez admitida la moción por el Pleno del Congreso; una Comisión Especial de Investigación deberá examinar los medios que corroboren los hechos, y presentar un informe a la Junta de Portavoces, quien fijará día y hora inaplazable para la sesión en la que se realizará el debate y votación del pedido de vacancia. En ella será citado el presidente para hacer ejercicio de su derecho de defensa, que podrá realizarlo de manera personal o por medio de un abogado.


Fuente: Perú 21

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